“LAS
COLONIAS ESPAÑOLAS”
INSTITUCIONES
POLITICAS.
El
repartimiento fue el nombre que se le dio al sistema mediante el cual los
colonizadores se repartían a los indígenas para que trabajaran.
La encomienda: Era un grupo de indígenas a órdenes de un encomendero (español), los indígenas
rendían un tributo al español, se buscaba que el
encomendero tuviera obligaciones de trato justo: trabajo y retribución
equitativa y que evangelizara a los encomendados. Sin embargo, estas
obligaciones fueron omitidas transformándose la encomienda en un sistema de
trabajo forzado para los pueblos indígenas en favor de los encomenderos.
Tierras de
resguardo: se adjudicaba tierras colectivamente a grupos de indígenas, evitando
la extinción y el aislamiento del indio de su núcleo familiar, cumplía función
tributaria. estaba
integrado por los alrededores de cada poblado o reducción indígena y como bien
raíz era en conjunto inalienable, pero para el usufructo se diferenciaba por
una parte entre las tierras que se distribuían "a censo" entre
familias y por otra las de aprovechamiento comunal y otras que eran cultivadas
en beneficio de la colectividad, por turnos denominados
"obligaciones" .
Naborías: la
formaban criados domésticos con calidad de dependientes recibían un mejor
trato, jurídicamente eran superiores a los esclavos.
La esclavitud:
en un principios se utilizó la
mano de obra indígena especialmente en la explotación de las minas, luego de
algunas leyes trajeron en su reemplazo gente de raza negra venida de áfrica .La
esclavitud es una institución jurídica que conlleva a una situación personal
por la cual un individuo está bajo el dominio de otro, perdiendo la
capacidad de disponer libremente de su propia persona y de sus bienes,
usados especialmente en los trabajos de las minas y las plantaciones
La mita: era
una institución de carácter indígena de trabajo obligatorio, existía una remuneración
se reconocía la calidad de la persona teniendo una duración diferente. Se sorteaba a la población indígena de
un determinado lugar periódicamente para trabajar durante un plazo o tiempo
determinado al servicio de la clase española. La duración de la mita minera se
fijó en diez meses dentro de cada año y no se podía exceder de un tercio
permanente de la población tributaria para ser destinada a estas labores.


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